TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la si- guiente O R D E N A N Z A Nº 20 ------------------------------- ARTICULO 1º.- Fíjase en el equivalente de hasta dos (2) meses y medio del sueldo mí- ------------------ nimo para el Personal Administrativo la indemnización a Concejales con retroactividad al 1º de junio del corriente año, conforme a lo indicado en el artículo 92º (Inciso c) de la Ley Orgánica de las Municipalidades. A los efectos de fijar el monto inicial de la indemnización a la fecha de la presente Ordenanza se establece la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($ 2.625.=), debiendo modificar- se en relación directa a los incrementos que se produzcan en los sueldos establecidos co- mo base de Cálculo para la determinación.----------------------------------------------- ARTICULO 2º.- Para atender el pago de las Indemnizaciones a Concejales por el perío- ------------------ do Junio-Julio, se crea en el Presupuesto de Gastos vigente, en el Ca- rácter 2 - Concejo Deliberante, la partida que a continuación se indica: 1.1.1.1.0. INDEMNIZACIONES A CONCEJALES $ 84.000.= ARTICULO 3º.- Para la creación dispuesta en el artículo anterior se tomarán fondos de ------------------ la Partida de Presupuesto General de Gastos vigente, en el Carácter 1 - ADMINISTRACION CENTRAL, que a continuación se indica: 1.4.1. CREDITO ADICIONAL $ 84.000.= ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.---------------- ------------------ Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a treinta días del mes de agosto de mil novecientos setenta y tres. FIRMADO: Lidia G. de Camino - Vicepre- sidente 1º - María Elena Paganini - Secretaria.-------------------------------------------